22”En caso de que un hombre hurtara un toro o una oveja y efectivamente degollara o vendiera [el animal], ha de compensar con cinco de la vacada por el toro y cuatro del rebaño por la oveja.*+
5 o cualquier cosa que sea sobre la cual jurara falsamente, y tiene que dar compensación+ por ella en su cantidad total, y le añadirá un quinto de ella. A aquel de quien sea se lo dará en el día que quede probada su culpa.