LAGO DE FUEGO
Esta expresión solo aparece en el libro de Revelación y es claramente simbólica. La Biblia da su propia explicación y definición de ese símbolo al decir: “Esto significa la muerte segunda: el lago de fuego”. (Rev. 20:14; 21:8.)
Ya que el lago de fuego representa la “muerte segunda” y en Revelación 20:14 se dice que tanto “la muerte” como “el Hades” serán arrojados en él, es evidente que el lago no puede representar la muerte que el hombre ha heredado de Adán (Rom. 5:12), ni se puede referir al Hades (o Seol), y a que el Hades y la muerte serán destruidos en el lago de fuego. Por consiguiente, debe representar una destrucción eterna y que siempre pueda recibir a cualquiera que en el futuro mereciera ser destruido por Dios. De modo que es un símbolo de muerte de la que no hay retorno, puesto que el registro no dice en ninguna parte que el lago entregue a los muertos que hay en él, como es el caso de la muerte adámica y del Hades (Seol). (Rev. 20:13.) Los que no están escritos en “el libro de la vida” son arrojados al lago de fuego o muerte segunda, al igual que Satanás, la “bestia salvaje” y el “falso profeta” simbólicos. (Rev. 19:20; 20:10, 15.)
Aunque los textos anteriores y todo el lenguaje que se utiliza en el libro de Revelación indican claramente que el lago de fuego es simbólico, hay quien lo ha utilizado para representar un lugar literal de fuego, y ha recurrido a Revelación 20:10 como evidencia para justificar este punto de vista, pues allí dice que el Diablo, la bestia salvaje y el falso profeta son “atormentados día y noche para siempre jamás”. La palabra “atormentado” en ese versículo traduce la palabra griega ba·sa·ní·zo. El Theological Dictionary of the New Testament (1964, editado por G. Kittel, vol. I, págs. 561-563) dice que en infinitivo “significa estrictamente probar por medio de la piedra de pruebas’ (βάσαυος; [bá·sa·nos]), es decir, ‘frotar contra’, ‘probar lo genuino de’, ‘examinar o probar’, y de ahí, ‘aplicar métodos de tortura para hallar la verdad’, ‘atormentar o torturar’ en una audiencia o ante un tribunal. En el N[uevo] T[estamento] solo aparece en el sentido general de ‘plagar’ o ‘atormentar’”. Como evidencia se citan textos tales como Mateo 8:6, 29; Marcos 5:7; Lucas 8:28; 2 Pedro 2:8 y Revelación 12:2. Se hacen observaciones similares con respecto a las palabras relacionadas ba·sa·nis·mós (Rev. 9:5; 18:7) y ba·sa·ni·stés. (Mat. 18:34.) Sobre ba·sa·ni·stés, la mencionada obra comenta que “en el N[uevo] T[estamento] no aparece en el sentido original de ‘alguien que prueba’, pero se halla una vez en Mateo 18:34 en el sentido de un ‘atormentador’”. Ya que una cárcel solía ser un lugar de tormento, al carcelero a veces se le llamaba en griego “atormentador’” (ba·sa·ni·stés), como en Mateo 18:34. Los que son arrojados en el “lago de fuego” entran en la “muerte segunda”, de la cual no hay resurrección; por lo tanto, son “encarcelados” o restringidos en la muerte como si estuvieran bajo la custodia de carceleros, o “atormentadores”, por toda la eternidad. De los relatos paralelos de Mateo 8:29 y Lucas 8:31 se desprende que se puede hablar de una situación de restricción como tormento. (Véase GEHENA.)