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La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1994
w94 15/9 págs. 30-31

Preguntas de los lectores

En estos tiempos de dificultades económicas, cada vez más personas y compañías recurren a la quiebra. ¿Es apropiado bíblicamente que un cristiano se declare en quiebra?

La respuesta a esta pregunta muestra cómo la Palabra de Dios nos ofrece guía práctica en asuntos que pueden ser característicos de los tiempos modernos. Muchos países tienen leyes que regulan la quiebra. Las leyes varían de un país a otro, y no compete a la congregación cristiana ofrecer consejo legal a este respecto. Pero tengamos una visión de conjunto de la provisión legal de la quiebra.

Una razón por la que el gobierno permite que personas y negocios se declaren en quiebra es ofrecer a los prestamistas o a quienes conceden créditos (acreedores) cierta protección de las personas o los negocios que piden dinero prestado o incurren en deudas (deudores), pero no pagan lo que deben. A los acreedores les puede parecer que el único recurso es pedir que los tribunales declaren en quiebra al deudor, de modo que puedan distribuirse sus bienes como pago parcial de la deuda.

La quiebra también obra como red de seguridad para los deudores que honradamente no pueden satisfacer a sus acreedores. Puede permitirse que el deudor se declare en quiebra para que los acreedores tomen algunos de sus bienes. De todos modos, la Ley puede permitirle que conserve su hogar o ciertos bienes mínimos para que siga viviendo sin la amenaza continua de que sus anteriores acreedores se incauten de sus posesiones.

De modo que es evidente que estas leyes se han concebido para ofrecer cierta protección a ambas partes en las transacciones económicas o comerciales. Veamos a continuación el consejo útil que ofrece la Biblia.

Sería difícil que alguien leyera la Biblia de principio a fin sin darse cuenta de que no anima a incurrir en deudas. Hallamos tales advertencias en Proverbios 22:7: “El rico es el que gobierna sobre los de escasos recursos, y el que toma prestado es siervo del hombre que hace el préstamo”.

Recuerde, también, la ilustración de Jesús recogida en Mateo 18:23-34 sobre un esclavo que tenía una gran deuda. “Su amo ordenó que fueran vendidos él y su esposa y sus hijos y todas las cosas que tenía”, pero luego el amo, que era un rey, se apiadó de él y le tuvo misericordia. Cuando ese esclavo no fue misericordioso más tarde, el rey ordenó que ‘lo entregaran a los carceleros, hasta que hubiera pagado todo lo que debía’. Obviamente, el mejor proceder, el proceder recomendado, es no pedir dinero en préstamo.

Los siervos de Dios del antiguo Israel tenían relaciones comerciales, y a veces era necesario pedir o prestar dinero. ¿Qué instrucciones les dio Jehová? Si alguien quería pedir dinero para empezar un negocio o ampliarlo, era legal y normal que el hebreo cobrara intereses. No obstante, Dios le dijo a su pueblo que no debía ser egoísta cuando prestara dinero a un israelita necesitado; no debía aprovecharse de una situación adversa cobrando intereses. (Éxodo 22:25.) Deuteronomio 15:7, 8 dice: “En caso de que alguno de tus hermanos empobrezca [...,] debes abrirle tu mano generosamente y sin falta prestarle a cambio de prenda cuanto necesite, de lo que esté necesitado”.

Se reflejaba una bondad similar en las regulaciones que estipulaban que los acreedores no podían incautarse de los artículos de primera necesidad del deudor, como el molino de mano de la familia o la prenda para mantenerse caliente durante la noche. (Deuteronomio 24:6, 10-13; Ezequiel 18:5-9.)

Es verdad que no todos los judíos aceptaron y aplicaron el espíritu de estas leyes amorosas de su gran Juez y Dador de estatutos. (Isaías 33:22.) Algunos judíos codiciosos trataron a sus hermanos con dureza. Hoy, también, puede que algunos acreedores sean duros e irrazonables en sus demandas, incluso con un cristiano sincero que en un determinado momento no pudo efectuar un pago debido a un suceso imprevisto. (Eclesiastés 9:11.) Es posible que la presión inflexible y exigente de los acreedores mundanos coloque a tal deudor en una situación en la que piense que tiene que protegerse. ¿Cómo? En algunos casos lo único que aceptarán los acreedores es la medida legal de la quiebra. De modo que el cristiano, que no ha sido codicioso ni negligente con respecto a sus deudas, puede recurrir a la quiebra.

Debemos ser conscientes, no obstante, de la otra cara de la moneda. Es posible que el cristiano incurra en deudas por no tener autodominio en lo que gasta o en cuánto gasta, o no ser razonablemente previsor en sus decisiones comerciales. ¿Debería despreocuparse de su deuda y recurrir enseguida a la quiebra para librarse de ella, perjudicando de este modo a otros por su mala cabeza? La Biblia no aprueba tal irresponsabilidad económica. Insta al siervo de Dios a que su sí signifique sí. (Mateo 5:37.) Tenga presente, asimismo, lo que Jesús dijo en cuanto a calcular los gastos antes de comenzar a construir una torre. (Lucas 14:28-30.) Por ello, el cristiano debe sopesar seriamente los posibles resultados negativos antes de incurrir en una deuda económica. Una vez contraída la deuda, debe aceptar la responsabilidad de pagar a las personas o compañías a quienes debe el dinero. Si mucha gente considera a un cristiano irresponsable o indigno de confianza, es posible que esto manche la buena reputación que se ha labrado en el pasado y ya no tenga un excelente testimonio de los de afuera. (1 Timoteo 3:2, 7.)

Recuerde lo que nos dice Salmo 15:4 acerca de la clase de persona que Jehová recibe. Leemos: “[El que Dios aprueba] ha jurado a lo que es malo para sí, y no obstante no lo altera”. En efecto, Dios espera que los cristianos traten a sus acreedores como quisieran que se les tratara a ellos. (Mateo 7:12.)

Resumiendo, pues, la Biblia no excluye la posibilidad de que en una situación extrema el cristiano se valga de la protección que ofrece la legislación del César sobre la quiebra. De todas formas, los cristianos deben sobresalir en lo que respecta a la honradez y la formalidad. Por ello, deben tener un deseo sincero ejemplar de cumplir con sus obligaciones económicas.

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