La caja de preguntas
● ¿Cuándo puede informarse un nuevo estudio bíblico, y qué estudios pueden contarse?
Un nuevo estudio bíblico puede informarse cuando se haya conducido dos veces después de la visita en la que este se le demostró a la persona y haya razón para creer que continuará. Debe llenarse un Informe de Estudio y entregarse cada mes.
Cada vez que se conduce un estudio bíblico en el hogar de una persona se cuenta una revisita y el tiempo que se haya pasado en el estudio. Si las circunstancias exigen que otro publicador acompañe al conductor y los dos participan de manera significativa, ambos pueden contar el tiempo. Sin embargo, solo el conductor informará la revisita y el estudio bíblico. Por lo general, no debería ser necesario que más de dos publicadores participaran en enseñar en un estudio bíblico en el hogar de una persona.
Los estudios bíblicos con las personas nuevas deben continuar hasta que se hayan estudiado los dos libros que las harán firmes en la verdad, tales como Usted puede vivir para siempre en el paraíso en la Tierra y Unidos en la adoración del único Dios verdadero. El estudio, las revisitas y el tiempo que se dedica a estos pueden informarse hasta que la persona termine estas dos publicaciones, aun si se bautizara antes de terminar ambos libros.
Puede que a veces un anciano del Comité de Servicio de la Congregación pida que un publicador conduzca un estudio bíblico con alguien que está bautizado pero que se ha hecho inactivo. Esto está de acuerdo con el arreglo de la Sociedad para fortalecer a estas personas que desean ayuda. En tal caso, se pueden informar el estudio, las revisitas y el tiempo. (Véase om-S pág. 103.)
Los padres son responsables ante Jehová de instruir y enseñar a sus propios hijos en la adoración correcta. (Deu. 4:9; Efe. 6:4.) El conducir regularmente un estudio bíblico de familia es de gran beneficio al respecto. El cabeza de familia puede informar un estudio bíblico de familia que se conduzca regularmente si se incluye a miembros no bautizados. Se pueden informar hasta una hora de servicio y una revisita cada semana que se conduzca. (Véase km-S 8/83 pág. 4.)