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  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende la objeción de conciencia
    La Atalaya 2012 | 1 de noviembre
    • Ahora bien, ¿qué pasa en aquellos países en que es obligatorio el servicio militar? ¿Qué haría el Testigo que por motivos de conciencia no puede hacerlo? A esta situación se enfrentó un joven llamado Vahan Bayatyan.

      Cómo llegó el caso al Tribunal Europeo

      Vahan nació en Armenia en abril de 1983. En 1996, él y algunos de sus familiares comenzaron a estudiar la Biblia con los testigos de Jehová. A los 16 años de edad se bautizó como Testigo. En su análisis de la Biblia, Vahan llegó a valorar profundamente las enseñanzas de Jesucristo, entre ellas el mandato de no empuñar armas de combate (Mateo 26:52). De hecho, poco después de su bautismo, se vio ante una gran prueba de fe relacionada con este mandato.

      Según la legislación de Armenia, el servicio militar es obligatorio para todos los varones a partir de los 18 años de edad. Si se niegan a realizar este servicio, se les puede sentenciar a cumplir hasta tres años de prisión. Vahan deseaba servir a sus conciudadanos, pero al mismo tiempo no quería pasar por alto su conciencia educada por la Biblia. ¿Qué hizo?

      En 2001, año en que ya se le podía reclutar, comenzó a escribir cartas a las autoridades armenias. En ellas explicaba que servir en el ejército iba en contra de su conciencia y de sus creencias religiosas, pero que estaba dispuesto a realizar servicio civil alternativo.

      Vahan Bayatyan frente a la prisión de Nubarashen (Armenia)

      Por más de un año, Vahan siguió solicitando a las autoridades que reconocieran su objeción al servicio militar por motivos de conciencia. Sin embargo, en septiembre de 2002, lo arrestaron y luego lo acusaron de evadir el servicio militar. Fue sentenciado a dieciocho meses de prisión. El fiscal no se dio por satisfecho, así que al mes hizo una apelación para que se aumentara la pena. Argumentaba que la objeción de conciencia de Vahan era “infundada y peligrosa”. El tribunal de apelación le concedió su solicitud y extendió la sentencia de Vahan a treinta meses de cárcel.

      Vahan recurrió la decisión ante el Tribunal de Casación de Armenia, el más alto del país. Pero en enero de 2003, este tribunal confirmó el fallo del tribunal de apelación. De inmediato se transfirió a Vahan a una prisión para cumplir su sentencia junto a asesinos, traficantes de droga y violadores.

      El veredicto del Tribunal Europeo

      Desde 2001, Armenia es miembro del Consejo de Europa. Por tanto, sus ciudadanos pueden apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuando hayan agotado todos los recursos judiciales disponibles en su país. Eso fue lo que decidió hacer Vahan. En su apelación declaró que su encarcelamiento por negarse a servir en el ejército violaba el Artículo 9.o del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Solicitaba que su derecho a la objeción de conciencia al servicio militar fuera amparado por este artículo, algo que nunca antes se había logrado.

      El 27 de octubre de 2009, el Tribunal Europeo emitió su fallo. Basándose en casos anteriores y en la definición de libertad de conciencia que hace el Artículo 9.o del Convenio Europeo, el tribunal dictaminó que dicho artículo no protege la objeción de conciencia al servicio militar.

      Bayatyan con su esposa, Tsovinar, y su hijo, Vahe

      Para ese entonces, Vahan ya llevaba bastante tiempo fuera de prisión, estaba casado y tenía un niño. Lo cierto es que el fallo del tribunal lo decepcionó. Tenía dos opciones: abandonar el caso o elevarlo a la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Decidió hacer esto último. Puesto que la Gran Sala solo acepta casos en contadas ocasiones, Vahan se alegró mucho de que decidiera revisar el suyo.

      El 7 de julio de 2011, en Estrasburgo (Francia), la Gran Sala finalmente emitió su veredicto. Nada menos que 16 de los 17 jueces dictaminaron que Armenia había violado el derecho a la libertad de conciencia de Vahan Bayatyan al condenarlo y encarcelarlo por ser objetor de conciencia. Solo la jueza de Armenia se opuso a la decisión.

      Bayatyan con sus abogados en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (24 de noviembre de 2010)

      El fallo marcó un hito en la historia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Fue la primera vez que se reconoció que el Artículo 9.o del Convenio Europeo amparaba el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar. Ahora el tribunal considera que, en una sociedad democrática, encarcelar a un objetor de conciencia es violar un derecho fundamental.

      Cabe destacar el comentario que hizo el tribunal sobre la postura de los testigos de Jehová con relación a la objeción de conciencia: “No hay razón para dudar de que la objeción al servicio militar del demandante se debió a sus creencias religiosas, las cuales profesa con sinceridad y se encuentran en grave e irreconciliable conflicto con la obligación de realizar el servicio militar”.

  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende la objeción de conciencia
    La Atalaya 2012 | 1 de noviembre
    • Vahan Bayatyan está contento con el fallo histórico que se emitió a su favor. Este veredicto obliga a Armenia a dejar de llevar a juicio y encarcelar a quienes rechazan el servicio militar por sus profundas convicciones religiosas.

  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos defiende la objeción de conciencia
    La Atalaya 2012 | 1 de noviembre
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