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Un tribunal europeo repara el daño¡Despertad! 1998 | 8 de enero
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Encarcelados contra la ley
En conformidad con esta ley, a finales de 1989 y principios de 1990 Dimitrios Tsirlis y Timotheos Kouloumpas, ministros religiosos nombrados de la Congregación Central de los testigos cristianos de Jehová en Grecia, formularon ante sus respectivos centros de reclutamiento una solicitud de exención del servicio militar, acompañada de los documentos que los acreditaban como ministros religiosos practicantes. Como se esperaba, las solicitudes fueron denegadas con el argumento especioso de que los testigos de Jehová no pertenecen a una “religión conocida”.
Cuando los hermanos Tsirlis y Kouloumpas se presentaron en los respectivos centros de instrucción militar, fueron detenidos acusados de insubordinación. Entre tanto, el Cuartel General para la Defensa Nacional desestimó las apelaciones de las sentencias dictadas por los centros de reclutamiento. Las autoridades militares arguyeron que, según información del Santo Sínodo de la Iglesia Ortodoxa Griega, la fe de los testigos de Jehová no es una religión reconocida. Tal afirmación contradecía los fallos de varios tribunales civiles en los que se admitía que los testigos de Jehová son, en efecto, una religión conocida.
Por su parte, los tribunales militares declararon a Tsirlis y Kouloumpas culpables de insubordinación y los condenaron a cuatro años de presidio. Ambos apelaron contra estas sentencias ante el Tribunal de Apelación Militar, que por distintas razones aplazó tres veces la vista de las apelaciones. Sin embargo, en cada ocasión se negó a ordenar la libertad provisional de los apelantes a pesar de que la ley griega prevé dicho beneficio.
Mientras tanto, en otro proceso, el Tribunal Supremo Administrativo anuló las sentencias dictadas por el Cuartel General para la Defensa Nacional, aduciendo que los testigos de Jehová sí pertenecen a una religión conocida.
Durante los quince meses que Tsirlis y Kouloumpas estuvieron recluidos con otros Testigos en la cárcel militar de Avlona, recibieron un trato sumamente inhumano y degradante. Un informe de aquel tiempo describe “las sórdidas condiciones de vida de [los prisioneros testigos de Jehová], y menciona la carne podrida y las colas de ratón que se sirven a menudo con la comida, la reducción de las horas de visita a capricho de la Dirección, la falta de espacio en las celdas por el hacinamiento de los presos y el trato mucho más severo que se da a estos objetores de conciencia”.
Finalmente, el Tribunal de Apelación Militar absolvió a los hermanos Tsirlis y Kouloumpas, pero dictaminó que el Estado no estaba obligado a indemnizarlos por su detención, dado que “la detención se debió a negligencia grave de los solicitantes”. Esto suscitó preguntas válidas en los círculos legales: ¿Quiénes fueron culpables de negligencia grave: los Testigos o los tribunales militares?
Los hermanos fueron excarcelados de inmediato y, posteriormente, dados de baja del ejército atendiendo a su condición de ministros religiosos. Amnistía Internacional anunció con complacencia la liberación de Dimitrios Tsirlis y Timotheos Kouloumpas, y expresó su esperanza de que en el futuro se dispensara del servicio militar a los ministros de los testigos de Jehová en conformidad con lo dispuesto por las leyes de Grecia. No obstante, dicha esperanza no tardó en desvanecerse.
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Un tribunal europeo repara el daño¡Despertad! 1998 | 8 de enero
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Apelan al Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Tras su absolución y liberación de la cárcel, las tres víctimas de discriminación religiosa se sintieron moralmente obligadas a apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La apelación se fundó en su detención ilegal, de por sí injusta, y la tortura física y mental a la que se les sometió, así como las enormes consecuencias de índole moral y social derivadas de su reiterada privación de la libertad por tan largo tiempo. Por estas razones solicitaron una compensación válida y apropiada.
La Comisión Europea de Derechos Humanos convino unánimemente que en los asuntos de Tsirlis y Kouloumpas se violó su derecho a la libertad y a la seguridad personal, que su detención fue ilegal, que tenían derecho a indemnización y que no habían sido sometidos a un juicio justo en los tribunales. A una conclusión similar llegó la Comisión en el asunto de Georgiadis.
Se corrige la injusticia
La audiencia se fijó para el 21 de enero de 1997. En la sala había muchas personas, entre ellas estudiantes de la universidad local, periodistas y varios testigos de Jehová de Grecia, Alemania, Bélgica y Francia.
El señor Panos Bitsaxis, abogado de los Testigos, se refirió a “la obstinación y tenacidad de las autoridades griegas de no reconocer la existencia de una minoría religiosa”, a saber, los testigos de Jehová. Denunció la práctica de las autoridades griegas de basar su opinión oficial acerca de los Testigos en el punto de vista de sus principales opositores: la Iglesia Ortodoxa Griega, y añadió: “¿Hasta dónde dejaremos que esto llegue? [...] Y ¿hasta cuándo?”. Habló de la “negación a reconocer a una comunidad religiosa, negación que parece absurda si se tiene en cuenta que se opone abierta y directamente, y sin razón ni legalidad, a un sinnúmero de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo Administrativo”.
El representante del Estado griego confirmó la parcialidad de las autoridades al decir: “No hemos de olvidar que prácticamente toda la población de Grecia ha pertenecido a la Iglesia Ortodoxa por siglos. Una consecuencia natural de este hecho es que la organización de dicha Iglesia y el estatus de sus ministros, así como el papel que estos desempeñan en ella, están muy claros [...]. El estatus de los ministros de la Iglesia de los testigos de Jehová no está tan claro”. ¡Qué flagrante admisión de prejuicio hacia las minorías religiosas en Grecia!
Sostenida la libertad religiosa
El fallo se dictó el 29 de mayo, y fue leído por el presidente de la sala, señor Rolv Ryssdal. El Tribunal, compuesto de nueve magistrados, sostuvo unánimemente que Grecia había violado los Artículos 5 y 6 de la Convención Europea. Asimismo, otorgó a los solicitantes la suma aproximada de 72.000 dólares por indemnización y gastos. Más importante aún, la decisión contenía numerosos argumentos de interés en favor de la libertad religiosa.
El Tribunal observó que “las autoridades militares pasaron por alto descaradamente” el hecho de que los testigos de Jehová son reconocidos como una “religión conocida” en Grecia, de acuerdo con los fallos emitidos por el Tribunal Supremo Administrativo. Además, comentó: “La insistencia de las autoridades en no reconocer a los testigos de Jehová como una ‘religión conocida’ y el consiguiente desprecio al derecho a la libertad de los solicitantes, fueron de naturaleza discriminatoria si se compara con la forma en que los ministros de la Iglesia Ortodoxa obtienen la exención”.
El asunto recibió amplia publicidad en los medios de comunicación de Grecia. El periódico Athens News informó: ‘Tribunal e[uropeo] ataca violentamente a Grecia por demanda de Jehová’. La sentencia en el caso Tsirlis, Kouloumpas y Georgiadis contra Grecia da esperanzas de que el Estado griego armonice su legislación con el fallo del tribunal europeo, de modo que los testigos de Jehová del país puedan disfrutar de libertad religiosa sin intervención gubernamental, militar o eclesiástica. Además, este es otro fallo que el tribunal europeo dicta contra el poder judicial griego en materia de libertad religiosa.a
Los testigos de Jehová valoran su libertad y procuran utilizarla para servir a Dios y ayudar al prójimo. Los tres ministros religiosos Testigos llevaron sus litigios al Tribunal Europeo de Derechos Humanos no con el afán de lucrarse, sino por motivos estrictamente morales y éticos. Por consiguiente, los tres han decidido que la indemnización recibida se use exclusivamente para el adelanto de la obra educativa de los testigos de Jehová.
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Un tribunal europeo repara el daño¡Despertad! 1998 | 8 de enero
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Timotheos y Nafsika Kouloumpas
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