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Tribunal Supremo europeo sostiene el derecho a predicar en GreciaLa Atalaya 1993 | 1 de septiembre
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Sin embargo, el 25 de mayo de 1993 se obtuvo una gran victoria para la libertad de culto. Ese día, el Tribunal de Justicia Europea de los Derechos del Hombre, con sede en Estrasburgo (Francia), sostuvo el derecho del ciudadano griego de enseñar sus creencias a los demás. Con este dictamen, dicho Tribunal Supremo ha establecido amplias garantías de libertad religiosa que pueden tener un profundo efecto en la vida de la gente de todo el mundo.
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Tribunal Supremo europeo sostiene el derecho a predicar en GreciaLa Atalaya 1993 | 1 de septiembre
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¿Qué llevó a que se examinaran en el Tribunal de Justicia Europea de los Derechos del Hombre las terribles injusticias perpetradas contra los testigos de Jehová en Grecia?
El caso decisivo
El caso se remonta al 2 de marzo de 1986. En esta fecha Minos Kokkinakis, comerciante jubilado que tenía 77 años, visitó con su esposa el hogar de la Sra. Georgia Kyriakaki, en Sitia (Creta). El esposo de la Sra. Kyriakaki, que era el cantor de la parroquia ortodoxa, informó a la policía. Esta fue a arrestar al matrimonio Kokkinakis, que fue llevado a la comisaría, donde tuvo que pasar la noche.
¿Qué acusación se levantó contra ellos? La misma que se ha lanzado miles de veces contra los testigos de Jehová en los pasados cincuenta años, a saber, que estaban tratando de ganar prosélitos. El artículo 13 de la Constitución Griega (1975) dice: “El proselitismo está prohibido”. Tenga en cuenta, además, lo que dice la ley griega, sección 4, números 1363/1938 y 1672/1939, que convierte el proselitismo en delito penal:
“Por ‘proselitismo’ se entiende, en concreto, todo intento directo o indirecto de entrometerse en las creencias religiosas de una persona de distinta fe religiosa [...], con ánimo de socavar dichas creencias, sea mediante algún tipo de aliciente que se ofrezca o se prometa, apoyo moral o ayuda material, mediante medios fraudulentos o aprovechándose de su inexperiencia, confianza, necesidad, bajo nivel intelectual o ingenuidad.”
El Juzgado de Instrucción de Lasithi (Creta) oyó la causa el 20 de marzo de 1986 y halló culpable de proselitismo a los Sres. Kokkinakis. Ambos fueron condenados a cuatro meses de prisión. Al condenar a la pareja, el tribunal declaró que los acusados se habían entrometido “en las creencias religiosas de cristianos ortodoxos [...] aprovechándose de su inexperiencia, bajo nivel intelectual e ingenuidad”. A los acusados les imputaron posteriormente los cargos de “animar [a la Sra. Kyriakaki], valiéndose de sus explicaciones lógicas y hábiles, [...] a cambiar sus creencias de cristiana ortodoxa”.
Se apeló contra la sentencia en el Tribunal de Apelaciones de Creta. Este absolvió a la Sra. Kokkinakis el 17 de marzo de 1987, aunque mantuvo la culpabilidad de su esposo, si bien redujo la condena a tres meses. La sentencia afirmaba que el Sr. Kokkinakis se había “aprovechado de la inexperiencia de [la Sra. Kyriakaki], de su bajo nivel intelectual y de su ingenuidad”. Dijo que ‘había leído pasajes de la Santa Escritura y los había analizado con tal habilidad que la señora cristiana, por carecer de la instrucción adecuada en la doctrina, no había podido contradecirle’.
Uno de los jueces de apelación emitió por escrito una opinión disidente, en la que argüía que el Sr. Kokkinakis ‘también debía haber sido absuelto, pues ninguna de las pruebas indicaba que Georgia Kyriakaki fuera particularmente inexperta en la doctrina cristiana ortodoxa, dado que estaba casada con un cantor eclesiástico, ni que fuera de bajo nivel intelectual o especialmente ingenua, de forma que el acusado pudiera aprovecharse para inducirla a hacerse miembro de la secta de los testigos de Jehová’.
El Sr. Kokkinakis apeló contra el caso en el Tribunal Griego de Casación, el Tribunal Supremo de Grecia. Pero este desestimó la apelación el 22 de abril de 1988. De modo que el 22 de agosto de 1988 el Sr. Kokkinakis remitió una solicitud a la Comisión Europea de Derechos del Hombre. Su petición fue aceptada el 21 de febrero de 1992 y se admitió en el Tribunal de Justicia Europea de los Derechos del Hombre.
Cuestiones implicadas en el caso
En vista de que Grecia es estado miembro del Consejo de Europa, tiene la obligación de cumplir los artículos del convenio de derechos del hombre. El artículo 9 del convenio dice: “Todos tienen el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho comprende la libertad de cambiar de religión o creencia, sea solo o en comunidad y tanto en público como en privado, [y] a manifestar su religión o creencia en el culto, la enseñanza, la práctica y la observancia”.
Por consiguiente, el gobierno griego pasó a ser el acusado en un tribunal europeo. Se le acusó de infringir abiertamente los derechos humanos fundamentales del ciudadano griego a practicar la religión en armonía con el mandato de Jesucristo: ‘enseñar y hacer discípulos’. (Mateo 28:19, 20.) Además, el apóstol Pedro dijo: “[Jesús] nos ordenó que predicáramos al pueblo y que diéramos testimonio cabal”. (Hechos 10:42.)
En 1992, un número especial de la revista Human Rights Without Frontiers (Derechos humanos sin fronteras) llevó el titular de portada “Grecia: Violaciones deliberadas de los derechos humanos”. La revista explicaba en la página 2: “Grecia es el único país de la CE [Comunidad Europea] y de Europa que tiene una legislación penal que señala multas y sentencias carcelarias para todo el que motive a otra persona a cambiar de religión”.
A esas alturas había mucha agitación tanto en círculos legales como fuera de estos. ¿Qué se decidiría tocante a la ley griega que prohíbe enseñar las creencias personales?
Se ve el caso en Estrasburgo
Finalmente llegó el día de la vista (25 de noviembre de 1992). En el cielo de Estrasburgo había nubarrones y el tiempo era muy frío, pero dentro del tribunal los juristas se caldeaban con sus argumentos. Se presentó testimonio durante dos horas. El profesor Phedon Vegleris, uno de los abogados de Kokkinakis, tocó el punto clave de la cuestión cuando preguntó: ‘¿Debe mantenerse y aplicarse esta ley restrictiva cuyo propósito es proteger a los feligreses de la Iglesia Ortodoxa Griega para que no los conviertan a otra religión?’.
Con evidente perplejidad, el profesor Vegleris dijo: “Me pregunto por qué equipara esta ley [contra el proselitismo] la ortodoxia con la estupidez y la ignorancia. Siempre me he preguntado por qué va a necesitar la ortodoxia el amparo de la estupidez, de la incompetencia espiritual. [...] Es algo que me preocupa y desagrada”. Es significativo que el representante del gobierno no pudiera presentar un solo caso en que se aplicara la ley a alguien que no fuera testigo de Jehová.
El segundo abogado del Sr. Kokkinakis, el Sr. Panagiotis Bitsaxis, mostró la irracionalidad de la ley contra el proselitismo. “La aceptación de la influencia mutua es una condición previa para que exista el diálogo entre personas adultas. Si no fuera así, perteneceríamos a una extraña sociedad de bestias mudas que pensarían pero no se expresarían, hablarían pero no se comunicarían, existirían pero no coexistirían.”
El Sr. Bitsaxis también argumentó que “no se había condenado al Sr. Kokkinakis ‘por algo que hizo’, sino [por] ‘lo que es’”. El Sr. Bitsaxis indicó, por consiguiente, que no solo se habían quebrantado los principios de la libertad religiosa, sino que se habían destruido por completo.
Los representantes del gobierno griego trataron de dar una imagen distinta de la realidad, afirmando que Grecia es “un paraíso para los derechos humanos”.
El veredicto
Finalmente llegó el día tan esperado en que se emitió el veredicto: el 25 de mayo de 1993. Por seis votos a favor y tres en contra, el tribunal dictaminó que el gobierno griego había atentado contra la libertad religiosa de Minos Kokkinakis, de 84 años. Además de vindicar su trayectoria en el ministerio público, le concedió 14.400 dólares por daños y perjuicios. De este modo rechazó el argumento del gobierno griego de que los testigos de Jehová emplean tácticas de presión cuando hablan de sus creencias con otras personas.
Aunque la Constitución griega y una ley desfasada prohíban el proselitismo, el Tribunal Supremo de Europa dictaminó que es impropio valerse de esta ley para perseguir a los testigos de Jehová. No está en conformidad con el artículo 9 del convenio europeo de derechos del hombre.
En la decisión del tribunal aparecía este comentario: “La religión era parte del ‘flujo continuamente renovable del pensamiento humano’, y era imposible concebir que se excluyera del debate público”.
La mayoría de los nueve jueces concordaba con la opinión de uno de ellos: “El proselitismo, definido como ‘celo en la difusión de la fe’, no es punible como tal; es una manera, perfectamente legítima en sí misma, de ‘manifestar la religión que uno tiene’.
”En el caso que nos ocupa, el acusado [el Sr. Kokkinakis] fue procesado únicamente por demostrar este celo, sin que hubiera ninguna impropiedad de su parte.”
Implicaciones de la decisión
La decisión del Tribunal de Justicia Europea de los Derechos del Hombre implica claramente que los funcionarios del gobierno griego deben dejar de utilizar mal la ley que prohíbe el proselitismo. Esperemos que Grecia siga las directrices del tribunal y cese de perseguir a los Testigos.
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