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  • La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1996
La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1996
w96 15/1 pág. 30

Gran avance en el campo legal

EN ABRIL de 1995 se obtuvo una importante victoria legal en Puerto Rico. Todo comenzó el 28 de enero de 1992, fecha en que Luz Nereida Acevedo Quiles, de 24 años, fue admitida en el Hospital El Buen Pastor para someterse a cirugía electiva. Al ingresar declaró, verbalmente y por escrito, que, dado que era testigo de Jehová, no aceptaba transfusiones de sangre. (Hechos 15:28, 29.) El personal hospitalario que atendía su caso, incluido el médico que la trataba, conocía muy bien sus deseos.

A los dos días de la intervención, Luz había perdido una cantidad excesiva de sangre, y como consecuencia tenía anemia aguda. El médico que la asistía, José Rodríguez Rodríguez, opinaba que la única manera de ayudarla era administrarle una transfusión sanguínea. Por ello, sin que Luz lo supiera ni mediara su consentimiento, solicitó una orden judicial para realizarle una transfusión.

Aunque Luz estaba plenamente consciente y podía hablar por sí misma, el doctor Rodríguez Rodríguez insistió en que, dada la urgencia del caso, no había tiempo para conseguir el consentimiento de nadie. El fiscal de distrito, Eduardo Pérez Soto, firmó la solicitud, y el juez de distrito, el honorable Ángel Luis Rodríguez Ramos, expidió la orden judicial que autorizaba la transfusión.

De modo que el 31 de enero de 1992, Luz fue trasladada a la sala de recuperación. Allí se le practicó la transfusión, durante la cual oyó las risas de algunos miembros del personal. Otros le dijeron, en son de reprimenda, que era por su propio bien. Aunque ella se resistió con todas sus fuerzas, fue en vano, de forma que al finalizar el día había recibido cuatro unidades de sangre.

El caso de Luz no ha sido ni el primero ni el último en que los testigos de Jehová tienen problemas con las transfusiones de sangre en Puerto Rico. Con anterioridad se habían emitido al menos quince órdenes judiciales para transfundir sangre a Testigos adultos en contra de sus deseos, y desde entonces se han expedido algunas otras. Lamentablemente, en uno de los casos se llevó a cabo la orden y se puso una transfusión a la fuerza a una paciente en estado de inconsciencia.

La lucha de Luz no terminó en la sala de recuperación. En octubre de 1993 se interpuso una demanda contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La causa fue vista por el Tribunal Superior, y el 18 de abril de 1995 este resolvió en favor de la demandante, declarando que la orden de transfundirle sangre había sido “inconstitucional y [había privado] a la parte demandante [de] su derecho al libre ejercicio [del] culto religioso, a su intimidad y autodeterminación corporal sin el debido proceso de ley”.

Fue una sentencia significativa, pues por primera vez un tribunal puertorriqueño falló a favor de los testigos de Jehová en una causa referente a las transfusiones sanguíneas. El juicio suscitó gran conmoción. Se convocó una rueda de prensa, a la que asistieron los reporteros más importantes de la prensa, la radio y la televisión.

Aquella misma noche, un programa de radio emitió una entrevista con uno de los abogados de Luz. Se invitó a la audiencia a telefonear para plantear sus preguntas. Un buen número de médicos y abogados expresaron su complacencia con el veredicto. Una persona que llamó dijo: “[Ni siquiera la ciencia] puede garantizar que una transfusión de sangre [vaya] a salvar una vida. Eso es una falacia”. Señaló además: “Las transfusiones de sangre dentro de poco tiempo van a pasar a la historia como una de las grandes aberraciones de la ciencia en este tiempo, como uno de los grandes errores que se cometieron”.

Un eminente profesor de Derecho telefoneó más tarde a la sucursal de la Sociedad Watch Tower y manifestó su profunda satisfacción ante lo que denominó “una resonante victoria”. Agregó que la decisión del tribunal no solo defiende los derechos constitucionales de los testigos de Jehová, sino los de todos los puertorriqueños.

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