Una obra que “no impone sino respeto”
EL APÓSTOL Pedro exhortó a sus compañeros cristianos: “Mantengan excelente su conducta entre las naciones, para que, en la cosa de que hablan contra ustedes como de malhechores, ellos, como resultado de las obras excelentes de ustedes, de las cuales son testigos oculares, glorifiquen a Dios” (1 Pedro 2:12). Los testigos de Jehová de Italia han manifestado esa conducta excelente por muchos años. De acuerdo con el espíritu de la instrucción de Jesús de ‘predicar desde las azoteas’, llevan a cabo todas sus actividades cristianas abiertamente, a la luz pública (Mateo 10:27; Juan 18:20). Por consiguiente, cuando un abogado italiano y un sacerdote publicaron la acusación de que los testigos de Jehová son “una secta seudorreligiosa” y los catalogaron entre las “sociedades secretas que entrampan a la gente”, decidieron proceder judicialmente ante tales difamaciones.
En el juicio inicial, el tribunal dictaminó que el abogado y el sacerdote no habían violado ninguna ley. El 17 de julio de 1997, sin embargo, el Tribunal de Apelaciones de Venecia anuló la sentencia anterior, halló culpables a los dos demandados y declaró: “Los dos artículos publicados contienen expresiones y frases que sin duda pueden perjudicar la reputación de los adeptos de la confesión religiosa de los testigos de Jehová. Parece evidente que su intención es la de provocar el desprecio de la opinión pública”. El tribunal manifestó que los artículos “no constituyen un ejercicio legítimo del derecho a la información y la crítica”, impuso una multa a los dos difamadores y les ordenó asimismo el pago tanto de las costas judiciales como de los gastos en que los Testigos habían incurrido en relación con los dos pleitos.
En su sentencia escrita, el Tribunal de Apelaciones de Venecia comentó: “Solo mediante la ecuanimidad y la salvaguarda de todos los derechos garantizados en la Carta Constitucional [italiana] se pueden impedir las manifestaciones de intolerancia y fanatismo religioso”. El fallo reconoce que las actividades de los testigos de Jehová no son ni secretas ni seudorreligiosas. “La clasificación de los Testigos como una sociedad secreta ni siquiera respeta el criterio de verdad histórica —añadió el tribunal—, pues el culto se profesa en sedes abiertas en muchas ciudades y, prescindiendo de lo que pensemos en cuanto a las doctrinas que se divulgan, la labor de proselitismo tan difundida que sus miembros llevan a cabo, sobre todo los domingos y demás días festivos, es notoria y no impone sino respeto por el empeño que ponen en ella.” De este modo, los testigos de Jehová de Italia han podido disipar estos prejuicios, gracias a su historial de predicación celosa y de conducta ejemplar (Mateo 5:14-16; 1 Pedro 2:15).