¿Cómo debe tratarse el asunto?
La Sociedad ha recibido muchas cartas preguntando cómo tratar con los asuntos si un anciano o un siervo ministerial se muda, o si por alguna razón un anciano no puede servir en la capacidad a la cual ha sido nombrado, y cómo deben hacerse los ajustes en las cinco posiciones principales de servicio en las congregaciones.
En respuesta al primer punto... si un anciano o un siervo ministerial se muda de la congregación o, si debido a mala conducta ya no está capacitado para servir, se debe notificar al cuerpo gobernante de esto en todo caso. En cuanto a las cinco posiciones principales de superintendencia, el cuerpo gobernante hizo nombramientos durante agosto y septiembre de los asignados a servir a estas posiciones durante este año de servicio. Si uno de estos hermanos se muda o no puede continuar sirviendo en la capacidad a la cual ha sido nombrado, entonces le toca al cuerpo local de ancianos determinar quién debe servir en su lugar. El cuerpo gobernante no hará nuevos nombramientos a estas posiciones. El cuerpo local de hombres de mayor edad tratará con el asunto. (orS, pág. 69)
Para llenar una vacancia en una posición de superintendencia no es necesario que todos los que actualmente sirven se muevan por turno a una nueva posición. Cualquiera de los ancianos puede ser seleccionado por el cuerpo de ancianos a llenar el término del superintendente que va expirando. O, puede usarse un siervo ministerial como sustituidor si no hay suficientes ancianos. De nuevo, el cuerpo de hombres de mayor edad local es responsable de decidir cómo será llenada la vacancia.
Si hay algún cambio en cuanto al que sirve de superintendente presidente, superintendente del campo o superintendente de estudios bíblicos, sírvanse notificar a la Sociedad la completa dirección de correos de estos hermanos, y su número de teléfono si lo tienen.
Normalmente el cuerpo gobernante hará nombramientos adicionales de ancianos y siervos ministeriales una vez al año cuando el cuerpo de ancianos envía estas recomendaciones temprano en septiembre de cada año. Si los hermanos en la congregación llegan a estar capacitados durante el año, el cuerpo local de ancianos puede determinar cómo pueden ser usados éstos para ayudar en los asuntos de la congregación. Pero, el cuerpo de ancianos debe esperar hasta septiembre para enviar estas nuevas recomendaciones al cuerpo gobernante. (orS, págs. 61, 66-69)
Sin embargo, si un anciano o siervo ministerial nombrado se muda a la congregación durante el año y hay necesidad en la congregación y el cuerpo de hombres de mayor edad desea usar sus servicios, ellos pueden verificar con el cuerpo de ancianos de la congregación en la que éste servía antiguamente. Si hallan que él llena todos los requisitos bíblicos, pueden recomendar su nombramiento como se declara en el libro Organización en la página 66. El cuerpo gobernante considerará esas recomendaciones en cualquier tiempo del año.