¿Qué función cumple un tribunal internacional europeo?
POR EL CORRESPONSAL DE ¡DESPERTAD! EN LOS PAÍSES BAJOS
CUANDO al dueño de un taller mecánico del norte de los Países Bajos se le denegó la licencia de vender gas licuado, con la prohibición implícita de convertir motores automovilísticos a la combustión de gas licuado, este entabló un prolongado litigio en los diversos tribunales a fin de revocar la restricción impuesta por el Estado. En el transcurso del proceso, acabó en bancarrota.
Convencido de que las cortes neerlandesas no le habían hecho justicia, apeló al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo; en 1985 dicha corte falló en su favor. El propietario del taller estimó que la decisión de tan alta instancia suponía una enorme victoria moral, pues, según él, ‘había demostrado que tenía la razón desde el primer momento’.
Este es solo uno de los muchos ciudadanos de la Comunidad Europea que han apelado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en las últimas décadas. Pero las atribuciones de esta corte de justicia no se limitan a dilucidar las disputas entre ciudadanos, sino también entre naciones europeas cuando ven incumplidos los derechos fundamentales del hombre. El aumento en el número de causas vistas por los tribunales internacionales refleja el anhelo de justicia que sienten tanto los ciudadanos como algunos gobiernos.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos
En 1950, los estados integrantes del Consejo de Europa decidieron, en una reunión celebrada en Roma, redactar un tratado para garantizar ciertos derechos y libertades a los ciudadanos y extranjeros que residieran bajo su jurisdicción. Posteriormente se agregaron otros derechos, al tiempo que un número cada vez mayor de estados europeos se unía al Tratado Europeo con miras a proteger los derechos y libertades fundamentales del hombre, como la protección de la vida, la supresión de la tortura, y la tutela de la vida familiar, así como a las libertades de culto, expresión, opinión, reunión y asociación. Los perjudicados por la violación de tales derechos pueden entablar demanda contra el Estado ante el secretario general del Consejo de Europa.
Desde la fundación del tribunal, se han presentado más de veinte mil querellas. ¿Cómo determina este qué causas ha de ver? En primer lugar, se procura lograr la reconciliación. Si no es posible y se admite como válida la querella, entonces es llevada ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, al que solo llegan el 5% de las denuncias. Para finales de 1995, el tribunal había emitido 554 fallos. Aunque el veredicto de esta corte tocante a las demandas individuales es vinculante para el Estado implicado, no es tan sencillo cuando cuando los querellantes son uno o varios Estados. En tales situaciones es muy probable que el Estado sancionable decida recurrir a una medida política que lo favorezca en vez de cumplir con las demandas del tratado. Mientras que le Tribunal Internacional de Justicia de La Haya resuelve únicamente las disputas interestatales, al Tribunal Europeo le compete además dictar sentencia en los casos en que haya diferencias entre los ciudadanos y los Estados.
Victorias que favorecen la libertad de culto en Europa
En 1993, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió dos importantes veredictos que fortalecen la libertad de culto. La primera causa se centró en un residente de Grecia, Minos Kokkinakis, testigo de Jehová detenido más de sesenta veces desde 1938, que había tenido que comparecer en 18 ocasiones ante los tribunales helenos y cumplir un total de seis años de condenas carcelarias.
El 25 de mayo de 1993, el Tribunal Europeo determinó que el gobierno griego había atentado contra la libertad religiosa de Minos Kokkinakis, por lo que dictaminó que se le concediera por daños y perjuicios una suma equivalente a 14.400 dólares. El tribunal rechazó el argumento del gobierno griego de que Kokkinakis en particular, y los testigos de Jehová en general, aplicaban tácticas coercitivas al dialogar sobre su religión. (Para más información, véase La Atalaya del 1 de septiembre de 1993, páginas 27 a 31.)
En el segundo proceso, el Tribunal Europeo falló en favor de Ingrid Hoffmann, señora austríaca que, por haberse hecho testigo de Jehová después de casarse, perdió la custodia de sus dos hijos cuando se divorció. Aunque los tribunales inferiores le asignaron originalmente a ella la patria potestad, el Tribunal Supremo la concedió a su ex esposo católico. Dicha corte de justicia fundó su actuación en una ley austríaca que estipula que los niños han de ser educados en la fe católica si los padres pertenecían a dicha confesión al tiempo de contraer nupcias, a menos que ambos hayan concordado en cambiar de religión. El ex marido argüía que, puesto que ella se había hecho testigo de Jehová, no podía criar a sus hijos de forma normal y sana. El 23 de junio de 1993, el Tribunal Europeo sentenció que Austria había discriminado a la señora Hoffmann por motivos religiosos y había atentado contra su derecho a criar a su familia, y le concedió una indemnización por daños y perjuicios. (Para más información, véase ¡Despertad! del 8 de octubre de 1993, página 15.)
Estos veredictos repercuten en todos los amantes de la libertad religiosa y de expresión. La apelación a los tribunales internacionales puede contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos. Conviene, por supuesto, reconocer las limitaciones de los órganos judiciales, que aunque tengan las mejores intenciones del mundo, no pueden garantizar el mantenimiento de la paz ni el respeto absoluto a los derechos humanos.