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  • Tribunales turcos sostienen la libertad de cultos para los testigos de Jehová

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¡Despertad! 1981
g81 22/9 págs. 25-27

Tribunales turcos sostienen la libertad de cultos para los testigos de Jehová

LA HISTORIA de los testigos de Jehová en Turquía se ha distinguido por unos 20 años de litigio en los tribunales. Pero esto llegó a su fin el 24 de marzo de 1980, cuando el Tribunal Supremo de Apelaciones absolvió a 43 testigos de Jehová. ¿De qué se les había acusado? De subvertir el orden “laico” o “seglar” del estado.

Turquía tiene una constitución democrática que concede libertad de cultos a todos sus ciudadanos. La religión está separada del Estado. El Primer Artículo de la constitución contiene el principio del “laicismo” o gobierno seglar, un sistema político en el que se excluye del gobierno el control o la influencia religiosa. Este se considera un irrevocable “Principio de Ataturk,” fundador de la república turca, quien en 1928 abolió la religión musulmana como la religión estatal. Pero, ¿por qué se acusó a los testigos de Jehová de haber violado esta ley?

Sencillamente, se había pintado un cuadro falso de ellos. Es bien conocido que los testigos de Jehová no se envuelven en asuntos del Estado; que son completamente neutrales en asuntos políticos. Sin embargo se les acusó falsamente de intentar establecer el reino de Dios en Turquía.

Como resultado de esas acusaciones, la policía tomó medidas en contra de los testigos de Jehová. Los arrestaron, registraron sus casas, interrumpieron las reuniones pacíficas que los Testigos celebraban en hogares privados y confiscaron su literatura. Los fiscales iniciaron acciones judiciales contra ellos en los tribunales. Sin embargo, cada juicio resultó en fallos absolutorios para los Testigos. ¡Para 1972, los testigos de Jehová ya habían ganado 16 casos en diferentes tribunales!

Pero se continuó representándolos falsamente, y hasta se añadieron otras acusaciones. Por ejemplo, se acusó a los testigos de Jehová de ser “sionistas” y se puso en tela de juicio su condición de religión. De vez en cuando se presentaba publicidad adversa sobre ellos en los periódicos. Informes sobre arrestos y juicios aparecían en grandes titulares, pero muy rara vez se informaba acerca de las absoluciones; y cuando sí se informaba acerca de ellas, se les dedicaban solo unas cuantas líneas.

En el 1973, el ministerio de asuntos religiosos, una agencia del gobierno musulmán, publicó un libro sobre los testigos de Jehová, escrito por el profesor auxiliar Dr. H. Tanyu. En el prefacio del libro, el Dr. Tanyu afirmó que había hecho un estudio “factual y científico” de los testigos de Jehová. ¿Era exacto el informe que el libro presentó al público sobre los testigos de Jehová? La respuesta a esa pregunta se hizo patente cuando una corte marcial de Ankara designó al escritor para que diera su opinión como experto en lo relativo a los testigos de Jehová. ¿Qué sucedió?

Cuando se le llamó al tribunal a testificar, el Dr. Tanyu no pudo verdaderamente verificar su opinión sobre los testigos de Jehová. Después que esta opinión fue refutada en todo detalle, el fiscal descartó la afirmación del Dr. Tanyu al decir a la corte: “Mientras que un experto debe ser absolutamente neutral y objetivo en su opinión . . . es obvio que el informe de él se ha excedido de los límites de la objetividad, y como en todo detalle ha señalado la defensa de los acusados, este consiste en pasajes que atacan tanto la creencia como la libertad de conciencia de los acusados.” (Opinión del fiscal, Núm. 1972/19, fechado el 21 de febrero de 1973. Archivos del Tribunal de 3. Tribunal Militar, Ankara.)

Un punto de viraje

A fin de establecer claramente su naturaleza religiosa, los testigos de Jehová decidieron ir a los tribunales. Así que presentaron una acción declarativa. Los resultados pusieron muy en claro de dónde provenía la oposición a que se habían estado enfrentando.

A fin de determinar la posición de los testigos de Jehová, el tribunal solicitó las opiniones del Ministerio de Asuntos Religiosos, la Iglesia Armenia, la Iglesia Ortodoxa Griega, la Sinagoga Judía y expertos legales de la Universidad de Estambul. ¿Qué opiniones se dieron?

El Ministerio de Asuntos Religiosos declaró en su opinión “que los testigos de Jehová no son una religión, sino una orden religiosa fundada bajo la influencia de la religión judía.” Además declaró que “el grupo de testigos de Jehová que está haciendo propaganda para un orden político-religioso [y] trabajando para la realización de un estado teocrático y celebrando reuniones y distribuyendo publicaciones con ese propósito son una sociedad ilegal bajo nuestras leyes y también una organización que está envuelta en una actividad perjudicial en lo que toca a nuestro país y a los intereses nacionales.”

El patriarca de la Iglesia Armenia escribió “que su forma de adoración no puede ser aceptada como religión monoteísta ni filosofía religiosa moral” sino que sus “propagandistas lo están haciendo con fines no claros” y de una “manera poco honrada y secreta para obtener ganancia e influencia personales.”

El patriarca de la Iglesia Griega declaró en su opinión “que la oficina del Patriarca no sabe de ninguna religión llamada testigos de Jehová.”

El gran rabino de la Sinagoga Judía de Estambul escribió lo siguiente: “Aunque a los testigos de Jehová se les conoce mundialmente como secta, no podemos dar más información acerca de ellos puesto que no tienen ninguna conexión ni relación con la religión judía.”

Sin embargo, los expertos en derecho de la Universidad de Estambul presentaron un punto de vista diferente sobre los testigos de Jehová. Identificaron claramente la naturaleza religiosa de los Testigos al declarar que “los testigos de Jehová están trabajando para establecer una doctrina que pudiera llamarse neo-cristianismo” y “sobre la base de esta nueva interpretación de lo que enseñan los Evangelios, se les puede considerar una nueva secta cristiana, pero no una religión independiente.”

¿En qué resultó todo esto? El 20 de noviembre de 1974 el Tribunal del Vigésimo Distrito de Estambul aceptó a los testigos de Jehová como una “secta del cristianismo” y por consiguiente como un cuerpo religioso que tiene los mismos derechos que cualquier otra religión en Turquía. Luego, el 20 de octubre de 1976, el Tribunal Supremo aceptó y confirmó la decisión del Tribunal de Distrito.

En vista de todos estos veredictos de los tribunales, muchos funcionarios del gobierno se convencieron de que los testigos de Jehová son personas observantes de la ley que no constituyen un peligro al país. Como resultado de esto, los testigos de Jehová pudieron formar una corporación legal, la Sociedad de Cursos Bíblicos, con el fin de difundir más eficazmente su literatura bíblica. El Ministerio del Interior aprobó la carta constitucional de esa Sociedad.

Desde entonces los testigos de Jehová han disfrutado de su derecho constitucional de libertad de adoración. Han podido imprimir su literatura religiosa, reunirse para adorar en sus localidades y también celebrar sus asambleas nacionales. Su más grande asamblea se celebró en 1978 en el Palacio de Deportes y Exhibiciones de Estambul, donde hubo más de 1.200 personas presentes. Sí, ¡la justicia había prevalecido sobre el prejuicio religioso y las acusaciones falsas!

Nuevos juicios

Sin embargo, el desasosiego político que había en el país obligó al gobierno a declarar un estado de ley marcial en varias ocasiones. Una vez más surgió la oposición a los testigos de Jehová y se levantaron las mismas acusaciones y se presentaron casos ante los tribunales. El 1 de diciembre de 1978, el Segundo Tribunal Criminal de Izmir dio un fallo absolutorio a 43 testigos de Jehová acusados de subvertir el orden “seglar.” También, en otro juicio se absolvió a la Sociedad de Cursos Bíblicos de la misma acusación.

Sin embargo, el fiscal del distrito presentó apelación respecto a ambos casos y éstos se llevaron ante el Tribunal Supremo. Pero en sus decisiones del 7 de mayo y el 8 de junio de 1979 el Tribunal Supremo sostuvo el fallo de ambos casos. El fiscal general apeló y los casos regresaron al Tribunal Supremo de Apelaciones. ¿Cuál fue la decisión del tribunal? El 24 de marzo de 1980, esta corte rindió un veredicto final y obligatorio: ¡no culpable!

En su decisión el tribunal declaró que “si algún día acontecen las cosas que los acusados creen, y se establece sobre el mundo el gobierno de Dios, el castigar a los acusados por creer tal cosa no impedirá que acontezcan. Pero si las expectativas de los acusados son solo una idea fantástica y una creencia vacía, su creencia no puede causar daño de modo alguno al orden laico del estado.” ¡Cuán semejante a la opinión expresada por un sabio miembro de un tribunal del primer siglo, según se informa en la Biblia en Hechos 5:34-39!

Aunque el 12 de septiembre de 1980 se estableció un gobierno militar en este país, y se suspendieron todas las actividades políticas y corporativas, incluso las de la Sociedad de Cursos Bíblicos, los testigos de Jehová han continuado reuniéndose para adorar. Tienen la esperanza de que pronto se levantarán las restricciones que se han impuesto a su corporación.

Un fallo inesperado

A pesar de que se ha absuelto a los testigos de Jehová de las acusaciones de subversión y se les ha aceptado como cuerpo religioso, un tribunal en Ankara dictó un fallo totalmente inesperado.

Cuando un testigo de Jehová a quien por muchos años se le había negado un pasaporte por haber estado envuelto anteriormente en algunos de los casos que se vieron en los tribunales volvió a solicitar un pasaporte, su petición fue denegada. Él formuló una querella contra el departamento de pasaportes de la ciudad para que se levantara esta restricción. ¡Pero el 11 de noviembre de 1980 el Duodécimo Tribunal Administrativo rechazó su solicitud sobre la base de que él “había asistido a reuniones y trabajado a favor de los testigos de Jehová, quienes están proscritos en Turquía”!

¿Cómo pudo el tribunal llegar a tal conclusión después de tantos fallos de absolución y en vista de que en Turquía los testigos de Jehová llevan a cabo su adoración abiertamente? ¿Sencillamente pasó por alto el tribunal los hechos que ya se han mencionado, o influyó en su decisión alguna opinión arbitraria? En la mente de personas que aman la libertad han surgido estas preguntas y muchas otras.

Se ha presentado apelación, y se espera que el tribunal de apelaciones corrija este error legal y que una vez más prevalezca la justicia para los testigos de Jehová, de modo que puedan disfrutar de los derechos constitucionales como ciudadanos obedientes a la ley, tal como disfrutan de ellos en muchos otros países.

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